Sobre la prognosis de la pena y la probabilidad de una terminación anticipada en la prisión preventiva [APELACIÓN N.°19-2024/SELVA CENTRAL]



SALA PENAL PERMANENTE

APELACIÓN N.° 19-2024/SELVA CENTRAL

Lima, treinta y uno de enero de dos mil veinticuatro

Decimoquinto. En ese orden de ideas, advertimos que la afirmación de que el recurrente podría acogerse a la terminación anticipada del proceso se trata de una probabilidad; sin embargo, concretamente, al encontramos frente a un concurso real de los delitos de cohecho pasivo específico y organización criminal, teniendo como referencia que para el primer delito se prevé una pena no menor de seis años ni mayor de quince años y para el segundo delito se prevé una pena no menor de ocho ni mayor a quince años, la prognosis de pena superaría ampliamente los cinco años de pena privativa de libertad, ello acontece incluso ponderando sólo la pena conminada para el delito de cohecho pasivo específico.

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