PROPONEN QUE LA VIGENCIA DE LAS REQUISITORIAS SOBRE CIERTOS DELITOS NO CADUQUEN
PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 261 DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL
Artículo 1°Objeto de la Ley
La presente Ley tiene por finalidad modificar el artículo 261 del Código Procesal Penal, con el objeto de que la vigencia de las requisitorias sobre lbs delitos de violación sexual a menor de edad, tentativa de feminicidio, feminicidio y omisión de asistencia familiar no caduquen hasta la efectiva detención de los requisitoriados.
Artículo 2°. — Modificación del artículo 261 del Código Procesal Penal
Modifiquese el artículo 261 del Código Procesal Penal, en los siguientes términos Artículo 261.- Detención Preliminar Judicial
4. Las requisitorias cursadas a la autoridad policial tienen una vigencia de seis meses. Vencido este plazo, caducan automáticamente bajo responsabilidad, salvo que fuesen renovadas. La vigencia de la requisitoria para los casos de terrorismo, espionaje, tráfico ilícito de drogas, violación sexual a personas menores de edad de 18 años, tentativa de feminicidio, feminicidio y trata de personas no caducan hasta la efectiva detención de los requisítoriados.