PJ PRECISA EL CÓMPUTO DEL PLAZO DE LAS NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS


2 de noviembre.- Poder Judicial, mediante el Recurso de Queja N.º 1230-2021/Cajamarca, estableció que en el caso de la resolución judicial notificada de manera electrónica, el cómputo del plazo legal referido al proceso se inicia el tercer día hábil siguiente al ingreso de la notificación a la casilla electrónica.

Esto a tono con una interpretación más favorable al principio pro actione, exigible por la garantía de tutela jurisdiccional, y el artículo 139, numeral 11, de la Constitución.