MODIFICAN LA SUSPENSIÓN DEL PLAZO DE PRESCRIPCIÓN


LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO PENAL Y EL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL PARA MODIFICAR LA SUSPENSIÓN DEL PLAZO DE PRESCRIPCIÓN

Artículo 1. Modificación del artículo 84 del Código Penal

Se modifica el artículo 84 del Código Penal, en los siguientes términos:

“Artículo 84. Suspensión de la prescripción

Si el comienzo o la continuación del proceso penal depende de cualquier cuestión que deba resolverse en otro procedimiento, se considera en suspenso la prescripción.

La suspensión de la prescripción no podrá prolongarse más allá de los plazos que se disponen para las etapas del proceso penal u otros procedimientos. En ningún caso dicha suspensión será mayor a un año”.

Artículo 2. Modificación del artículo 339 del Nuevo Código Procesal Penal

Se modifica el numeral 1 del artículo 339 del Nuevo Código Procesal Penal, en los siguientes términos:

“Artículo 339. Efectos de la formalización de la investigación

1. La formalización de la investigación suspenderá el curso de la prescripción de la acción penal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 84 del Código Penal”.